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Cosas que no me ha dado tiempo a contar en 2012

El año 2012 ha sido duro. En el futuro, creo que este año para mí será el año que me hice empresario, o algo así. He trabajado mucho, por muy poco dinero. Me he preocupado mucho por las personas que han ido llegando a mi vida, pero luego he visto como conseguían ir resolviendo poco a poco sus grandes dificultades, y me he sentido mejor.

Con frecuencia, he sentido que el mundo se estaba cayendo a cachos, pero hacia el final del año la sensación ya se ha convertido en algo tan habitual que empiezo a pensar que el mundo, en realidad, es como la cola del perro: se mueve, pero no se cae. Aún así, ha habido momentos en los que creo que, si no hubiese hecho nada, se habría caído de verdad.

No lo voy a disimular: me siento muy orgulloso de mí mismo. En primavera el PP anunciaba que pensaba dejar de financiar la atención sanitaria para la transexualidad, y nos llevábamos un susto de muerte. Al principio, yo no me lo quería creer, pero cuantos más medios de  comunicación iban anunciando la medida, más me preocupaba, hasta que al final lo único que podía pensar era “joder, que lo van a hacer de verdad”. Las personas que luchamos esa batalla, se pueden contar con los dedos de las manos. Kim, Ángela y yo (aunque luego ATA, de manera paralela, también realizó algunas acciones). Nuestros supuestos aliados gays, estaban demasiado preocupados por cualquier sandez que dijo un obispo, y que ya nadie se acuerda qué era. Sólo 3 nos ayudaron, con nombre y apellidos: Shangay Lili, que habló del tema en su conocidísimo blog, Pablo Andrade, que lo difundió en las redes activistas (encontrando un silencio sepulcral como respuesta) y Jorge Puchol, que escribió una carta y enviarla a todos los diputados del Congreso. Sin embargo, creo que la carta que yo escribí en inglés, y Ángela envió a todas las instituciones europeas habidas y por haber, fue fundamental. Con estas pocas fuerzas, creo que somos de lxs pocxs que hemos evitado que el PP hiciera uno de sus adorados recortes. Porque todavía sigo pensando que lo iban a hacer.

Desde entonces, no estamos tranquilos, y seguimos con atención (y con horror, porque los recortes generales también nos afectan a nosotrxs, en la misma medida que a lxs demás, o tal vez más, al partir de una situación más débil) las noticias sobre sanidad, esperando que el día menos pensado podamos llevarnos otro susto. Pero ¡que coño! ¡Estoy muy orgulloso de mí mismo, y de mis amigxs!

A finales de noviembre, fui a la UTIG, a mi revisión periódica. Me dijeron que estaba el número 4 en la lista de espera para la mastectomía. Puesto que hacen, más o menos, una mastectomía al mes, me llamarán para enero, febrero o marzo, y según me comentó la endocrina “para el verano estás operado seguro”. No tuve tiempo de escribirlo, porque inmediatamente eché cuentas y vi que… ¡Seguramente me llamen para justo antes de, o durante, los exámenes de febrero! Así que ahora he redoblado mis esfuerzos estudiando.

Me dijeron más cosas, pero espero que, más adelante, tendré un rato para escribirlas… o quizá no. Son curiosas, pero no son importantes.

Fue también muy duro, cuando conseguí cambiar el nombre en el DNI, y tuve que tomar la decisión sobre si decírselo a mis padres o no. Por miedo, decidí que no. Al final se lo dije unos meses más tarde, en noviembre, y eso también fue muy duro. Sin embargo, desde entonces las cosas están mejor en casa (¡Sí, parecía imposible, pero mejoran!) y ahora me siento muy feliz cada vez que me piden el DNI, o el carnet de conducir, y no tengo que preocuparme de si tendré algún problema o qué. Eso no significa que ya me vaya a retirar de la lucha por este tema, pero al menos ya no me afecta tanto.

Esto ha ocurrido antes de haber podido conseguir que la UNED establezca un mecanismo interno de reconocimiento del género previo a la rectificación registral de género, pero en eso poco es lo que yo puedo hacer. Sin embargo, dice Belén de la Rosa que es posible que el asunto quede cerrado para antes de que termine el curso ¡¡Ojalá!! Aunque yo ya no lo pueda disfrutar, otrxs llegarán detrás que sí lo aprovechen (y tal vez otras universidades tomen ejemplo y hagan lo mismo…).

También fue jodido el momento en que casi, casi, se nos cae el proyecto de la ley trans para Andalucía. De repente, parecía como si hubiese una enorme batalla de egos, en la que la única que iba a perder era la propia ley (y las personas trans cuyos derechos reconocerá, en caso de que se apruebe). Por suerte, creo que en realidad todo el mundo quería que la ley saliese adelante, y finalmente me parece que conseguimos encontrar una forma de poner de acuerdo a todxs sin que nadie haya tenido que ceder, porque… ¡En realidad todxs queremos lo mismo!

El día 19 de diciembre estuvimos en el Parlamento andaluz, para asistir al registro de la Ley. De Conjuntos Difusos fuimos Kim, Ángela y yo… Aunque parezca mentira, porque nos conocemos desde hace años, y nos queremos mucho ¡era la primera vez que nos veíamos en persona! En el próximo periodo de sesiones (de febrero a junio) se iniciará el trámite de la propuesta. Tenemos esperanzas de que la cosa irá bien. Incluso en ocasiones me permito soñar con que se aprobará por unanimidad y sin cambios ¿Os imagináis? Sería increíble. Fuentes no oficiales nos han dado a entender que el PSOE la apoyará, y dicen que el PP también. IU es quien la presenta (gracias, gracias, gracias), y ya no hay más partidos, así que… Quizá en 2013 tengamos un buen motivo para descorchar una botella de champán.

En estos momentos, me preocupa no ser capaz de aprobar todas mis asignaturas. Ya sé que siempre digo que voy mal, y que luego siempre apruebo (a veces con nota). Ya sé que incluso algunas veces digo que “esta vez sí que voy mal”, y entonces es cuando mejor nota saco. Pero es que voy mal de verdad… y estoy muy agobiado de tiempo. Me veo todo el verano con varias asignaturas a cuestas… Pensar en tener que pagar la matrícula de las asignaturas repetidas, me pone los pelos de punta.

Una vez más, conocí a alguien que me parece especial. Una vez más, las cosas son mucho más complicadas de lo que podrían serlo. Vuelvo a vivir situaciones que ya conocí con otras personas, que no entendí en su momento, y sigo sin entender ahora… solo que ahora, empiezo a pensar que el fallo es exclusivamente mío. Quizá me he convertido en una persona demasiado difícil como para poder tener pareja.

En fin, el 2012 ha sido un año bueno, pero complicado. Creo que también ha sido un año de sembrar muchas cosas… Quizá el 2013 traiga los frutos, y para el año próximo por estas fechas, esté mucho menos estresado, con varios temas cerrados. Sobre todo, a ver si en 2013 la crisis empieza a darnos un respiro. El dinero no da la felicidad, pero… ¿Y lo tranquilo que te deja mirar una cuenta bancaria sana? (Eso sin contar con que mi viejo Citroën AX de 18 años y 200.000km está a punto de morir…)

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¡Enhorabuena Argentina! ¡Y gracias!

El día 8 de junio el Senado argentino aprobaba por unanimidad (50 votos a favor, 1 en contra, ninguna abstención) la Ley de Identidad de Género. El debate social había tenido lugar mucho antes, cuando el proyecto se encontraba en el Congreso, y una vez aprobado ahí, el paso por el Senado parecía bastante pacífico.

Han sido muchos años de trabajo por parte de lxs activistas trans argentinos. Una de las personas que impulsaron que esta Ley llegara a hacerse realidad, murió en el intervalo de tiempo transcurrido desde su aprobación en el Congreso hasta su aprobación en el Senado, que de tan largo como fue, empezaba a resultar inquietante.

Pero, finalmente, el proyecto se ha convertido en Ley, y es, sin lugar a dudas, la mejor Ley del mundo. No sólo eso, es una Ley que desafía muchas cosas.

– Reconoce explícitamente el derecho a la identidad de género: al reconocimiento de la identidad de género, al libre desarrollo de la personalidad conforme a su identidad de género, y a ser tratado conforme a su identidad de género, yendo mucho más allá de la simple interpretación de la identidad de género como una faceta del libre desarrollo de la personalidad, o del tratamiento conforme a la identidad de género como una faceta dentro del difuso ámbito del respeto.

– Define identidad de género como «la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.» Va más allá de la simple concepción de que una persona trans es aquella «cuyos sentimientos no corresponden con los genitales», que «ha nacido en un cuerpo equivocado», y el resto de tópicos que, pudiendo ser ciertos para muchas personas, no son ciertos para todas, y que no pueden significar una gradación en el acceso a los derechos civiles de la persona.

– No exige más requisito que el ser mayor de 18 años. Lxs menores de 18 años, podrán solicitar el reconocimiento de género con el consentimiento de sus representantes legales. El texto de la Ley no exige la nacionalidad argentina, por lo que supongo que aquellas personas que residen allí pero no tienen la nacionalidad, se verán amparadas por ella.

– Admite la posibilidad de sucesivas rectificaciones registrales, pero sólo si cuenta con autorización judicial.

– Reconoce el derecho al acceso a tratamientos hormonales y quirúrgicos a través de los diferentes sistemas públicos de salud. El único requisito que se exige es el consentimiento informado. No se exige diagnóstico psiquiátrico. No se exige la intención de someterse a ningún tipo de cirugía para acceder a los tratamientos hormonales. No se exige haber recibido tratamiento hormonal para, ni, desde luego, haber superado la Experiencia de la Vida Real para acceder a las cirugías de reasignación genital. Sólo queda una cosa que añadir: chuparos esa WPATH, y APA. (Y mis recuerdos para la Dra. Esteva y el Dr. Becerra, que supongo que estarán muy preocupadxs pensando en las hordas de personas que «se van a equivocar» y van a «cambiar de sexo» sólo para descubrir dentro de unos años que han cometido un terrible error. ¿Qué será de todxs esos transexuales trastornados y medio tarados, si no están los médicos benefactores para impedir que se sometan a tratamientos médicos perjudiciales? Yo digo que lo que ocurrirá será que, a partir de ahora, todxs lxs trans argentinos ganarán en tranquilidad y estabilidad emocional, pero… quien lleva razón, lo veremos a no mucho tardar.)

Esta Ley es «hija» de la Ley 3/2007 española. Nuestra Ley, que en su momento fue revolucionaria, se ha quedado anticuada en tan sólo cinco años. La práctica ha demostrado, además, que el proceso continua siendo demasiado largo, dependiente de la arbitrariedad de los médicos, y, en ocasiones, también dependiente de la arbitrariedad de lxs jueces de los Registros Civiles, quienes tienen la capacidad de paralizar el proceso por el método de exigir requisitos tales como que se confirme la autenticidad de los informes médicos. En mi caso, con una ley como la de Argentina, yo habría solicitado la rectificación en enero de 2009, que fue cuando asumí una identidad de género masculina y tuve libertad suficiente para poder manifestarla públicamente. Con la actual Ley, tres años, cinco meses, y doce días más tarde, todavía no he podido cambiar los papeles. Tres años durante los que cualquier mínimo contacto con las administraciones públicas se ha convertido en una tragedia que ha desembocado en un reguero de reclamaciones a mi paso (una vez más, lo digo… reclamad. Reclamad por todo, hasta por lo más mínimo. Las reclamaciones funcionan, y no tenéis por qué ser tolerantes con quienes no os toleran.)

La Ley 3/2007 de España se ha quedado anticuada al lado de la argentina. Pero igual que la Ley argentina ha sido hija de la nuestra, ahora podemos pensar que llegará un día en que nosotrxs tendremos una ley que será hija de la Ley argentina, y será tan buena como ella, e incluso más completa, atendiendo los problema que probablemente surgirán cuando la Ley argentina comience a llevarse a la práctica. Así que, sólo por eso… ¡Muchas gracias!

También muchas gracias por otra cosa. Hasta hace poco, las transexuales conservadoras decían tontamente que «exigir dos años de hormonación es demasiado… seis meses estaría bien». Este debate estuvo sobre la mesa en las jornadas sobre transexualidad que la FELGTB organizó el año pasado (en marzo, según creo recordad). Muchas, pero muchas, de las personas presentes sostenían que había que retirar la exigencia de diagnóstico para solicitar el reconocimiento legal de género, pero que había que manener un cierto periodo de hormonación, porque si no, cualquiera podría cambiar de nombre y sexo, y esto sería un sindios que «confundiría a la gente» y haría que creciese la violencia sobre las transexuales, que al ser puestas dentro del mismo saco de otras personas que no son verdaderamente transexuales, sufrirían la consecuencia de que nunca tendrían un reconocimiento social de su género. Podría mencionar a activistas trans, con nombre, apellidos, y enlaces a textos suyos defendiendo semejante estupidez, pero… errar es humano, y rectificar es de sabios. Dejemos que rectifiquen.

Gracias a la aprobación de esta maravillosa Ley argentina, ese debate ha quedado cerrado definitivamente. Las mismas personas que antes defendían a muerte todo ese cúmulo de disparates, y nos atacaban con saña a quienes defendíamos que la identidad de género debía ser reconocida sin requisitos médicos previos, ahora ensalzan la Ley argentina como «la mejor Ley del mundo», y miran esperanzadas a un futuro en que España tendrá una ley así. La celebran y la ponen como ejemplo a seguir. ¡Muchas, muchísimas gracias a lxs argentinxs!

Por último, un país entero se atreve a desafiar las normas de cuidado de la WPATH y de la APA, y van a demostrar, sin necesidad de retórica ni de discusión teórica alguna, a través de la práctica pura y dura, que las personas transexuales no somos un puñado de perturbadxs mentales que estamos tan locxs que sólo podemos ser tratados tras una serie de pasos muy especiales, difíciles, calculados y correctamente orquestados, no por un sólo médico, sino por un equipo pluridisciplinar completo. Pues no. Podemos decidir por nostrxs mismxs lo que necesitamos, lo que no necesitamos, y cómo lo necesitamos, y por fin, en sólo un lugar del planeta, algunxs de nosotrxs estarán libres de la tutela médica que nos convierte en menores de edad. Cuando el mundo no se hunda, no quedarán argumentos para continuar controlándonos como se ha venido haciendo hasta ahora, igual que ocurrió cuando algunos paises comenzaron a permitir el matrimonio homosexual (España fue pionera), y se vió que los demonios no ascendían del infierno para llevarnos a todos con ellos. Así que, por eso también… ¡Muchas gracias!

Podéis encontrar el texto completo de la ley aquí.

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Ratificación de la solicitud…

Recapitulemos: el día 1 de marzo envié mi solicitud de rectificación registral de sexo por correo al Registro Civil de mi pueblo, certificado y con acuse de recibo. Posteriormente, en correos me informaron que el certificado había entrado en el Registro Civil el día 5 de marzo. El acuse de recibo llegó a mi casa alrededor del día 20 de marzo.

Hace dos días (3 de abril) me llamaron del Registro para que vaya a ratificar mi solicitud, a poder ser hoy mismo, por la mañana o por la tarde. En el momento en que me llamaron, me cabreé bastante, porque la otra vez que intenté hacer el cambio de nombre, en el Registro me pidieron que hiciese una entrevista, que es un trámite que no está previsto en ninguna parte, y que me retrasó todo durante varios meses. Pensé que habían vuelto a pasar lo mismo y me enfadé un montón. Me cabreé como un mono, la verdad.

En cuestión de minutos había pensado como y ante quien iba a reclamar, y me había acordado de la familia de todos los funcionarios del registro civil de mi pueblo. Luego pensé que sería mejor hablar con alguien que supiese de estas cosas más que yo, y llamé a una amiga para que me aconsejara. Menos mal, porque mi amiga me dijo que es habitual pedir a la gente que ha hecho alguna solicitud en el registro civil que la ratifique. Es una forma de asegurarse de que la solicitud fue realizada de verdad por el interesado, y no por otra persona.

Saber esto me quitó un peso de encima. La burrocracia es un asco, y estoy seguro de que existen formas más sencillas de hacer las cosas sin molestar a la gente, pero si lo de la ratificación es algo que se puede hacer, y se hace habitualmente, se fastidia uno y ya está.

La ratificación fue solicitada por la magistrada en la orden de incoación, y es un papelito en el que pone que juro que me llamo Dª. Elena Vergara Pérez. Fui al registro, esperé a que llegase la funcionaria, firmé el documento, y ya está. Yo, personalmente, habría puesto que “mi nombre legal es…” porque en verdad yo no me llamo así, o al menos, que me llamo D. Elena, ya que si el tratamiento “don” y “doña” son tratamientos de respeto, deberían usarse respetuosamente. Me quedó la sensación de haber firmado algo que no era cierto, aunque supongo que para las mentes cuadriculadas de algunas personas que hay por el mundo, si lo es.

Muchas de las personas que tienen trabajos relacionados con el derecho creen que las leyes tienen una especie de poder taumatúrgico que convierte en realidad lo que pone en los papeles, con lo cual, si en mis papeles pone que me llamo Elena, eso hace que me llame Elena en realidad. Supongo que forma parte de ese pensamiento que atribuye a la palabra escrita un cierto carácter mágico y sagrado, y a las personas que ejercen el poder, como piezas de un sistema emanado de la voluntad de Dios. Recordemos que los reyes eran reyes “por la gracia de Dios”, y que las leyes y la justicia emanaban de su persona (la justicia, en España, todavía se administra en nombre del Rey).

Que el Derecho construye el mundo es una idea que los catedráticos de derecho siguen transmitiendo a sus estudiantes, y que es muy cómoda de creer. Es tradicional que los profesores nos digan a los alumnos que: “el derecho lo puede todo, excepto transformar a un hombre en mujer”. Desde la Ley 3/2007, los profesores añaden como coletilla, con cierta perplejidad “y ahora parece ser que hasta eso…”.

A mí me parece un acto de arrogancia e inocencia a partes iguales. Arrogancia por creerse que sus pensamientos construyen la realidad más que los pensamientos del resto de las personas (e incluso sobre la voluntad de los destinatarios de las leyes). Inocencia porque no se dan cuenta de que las normas no siempre se cumplen, a pesar de que los filósofos del derecho han escrito ríos de tintas sobre la ineficacia de la Ley.

Que la ley no siempre se cumple quedó demostrado dos minutos más tarde, cuando la funcionaria guarda el papel en el expediente y dice “bueno, ya te llamaremos cuando esté”, y a mí me sonó a “te llamaremos un siglo de estos”. Así que le comenté que, por lo que yo sé, el plazo para responder son tres meses, y le pregunté si eran a contar desde que la solicitud entraba en el registro, o desde el momento de la ratificación. Me respondió que desde la ratificación (yo diría que es desde que la solicitud entró en el registro, tendré que preguntar para asegurarme…), pero que “esas cosas casi nunca se cumplen”. O sea que cuando yo solicité el cambio de nombre sin cumplir el plazo de los dos años de tratamiento no me lo concedieron porque, en palabras de la misma funcionaria “aquí las leyes se cumplen”, pero cuando los destinatarios de las normas son ellos… entonces “eso no se cumple casi nunca”.

Por eso le pedí que me diese algún documento que demostrase la fecha en que había realizado la tal ratificación, y lo que hizo fue sacarme una copia de la orden de incoación del expediente, fechada tres días antes (mejor para mí, peor para ellos), en la que me llamó la atención que la magistrada que entiende de este asunto se refiere a mí como “la demandante”. Está esperando a que la magia del derecho me transmute en hombre, aunque me pregunto si en el auto de resolución se referirá a mí en femenino al principio y en masculino al final, sólo en femenino, o sólo en masculino. Tengo curiosidad.

Me desvío. Estaba hablando de plazos. Cuando comenté que tenían un plazo de tres meses, la funcionaria me respondió que “no se cumplen”, dando por hecho que las leyes no se aplican a la Administración, al parecer. Cuando pedí un documento de cara a presentar la reclamación por el retraso que ya se estaba viendo que se produciría casi seguro, la chica se puso nerviosita, y trató de persuadirme de que no presente esa futura reclamación cuando los plazos, en efecto no se cumplan. Yo, por mi parte, le aseguré que entendía que eran tan eficientes como les es posible, y que si los plazos no se cumplen no es por culpa de ella personalmente, pero que igualmente debía reclamar, porque si la Administración debe cumplir ciertos plazos, también debe poner los medios para que esos plazos se cumplan efectivamente ¿no? En el momento de despedirme de ella me comentó que… bueno, en realidad la respuesta suele ser bastante rápida, pero que el problema es que, como luego hay que enviarlo al registro civil de Barcelona, pues ahí ya no se sabe cuanto pueda tardar la cosa y bla, bla, bla. Por supuesto, por supuesto, yo entiendo todo eso, pero si tardan más de tres meses, reclamo.

Las reclamaciones funcionan, y más ahora que la administración está apretando las tuercas a los funcionarios. La mera intención de reclamar ya ha servido para que la actitud de la funcionaria del registro civil pase de “búsquese una silla y siéntese, que esto no se sabe cuanto va a tardar” a “la respuesta suele ser rápida”.

Así que, reclamad cuando sea necesario.

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Rectificación registral de sexo, paso a paso.

Este post no es muy original. Puedes encontrar más o menos la misma información en otros muchos sitios… Sin embargo, me ha parecido que era bueno explicar paso a paso cómo se solicita la rectificación registral de sexo. De camino, me sirve para preparar el terreno para el próximo post, que sí será más interesante.

Lo primero es que el contenido de este post sirve únicamente para aquellas personas que tengan la nacionalidad española, y preferentemente que vivan en España. Si no eres español, aunque vivas en España, todas estas cosas no se aplican. En casos de doble nacionalidad no sé cómo irá la cosa, si un país te reconoce la identidad y otro no. Si eres español, pero vives en el extranjero, es posible que tengas problemas.

Para solicitar la rectificación registral de la mención de sexo sólo necesitas reunir los documentos necesarios, escribir la solicitud, y presentarla en tu registro. En teoría está chupado. El Ministerio de Justicia te lo explica todo aquí. Pero por si todavía tienes más dudas, te lo voy a explicar aún más detalladamente cuales son documentos necesarios, y como conseguirlos. De menor a mayor dificultad son:

1)      Fotocopia del DNI. Pues eso. Coges tu DNI (¡que no esté caducado!) y lo fotocopias por ambas caras. Hasta ahí es fácil.

2)      Certificación literal de la inscripción de nacimiento. Lo que viene siendo la partida de nacimiento literal. Para solicitarlo, tienes toda la información aquí. Puedes solicitarlo en persona, por correo o por internet con o sin certificado digital. Yo lo solicité por internet, pero el certificado digital me daba algunos problemas, así que decidí intentarlo sin certificado, y fue una buena idea. Además, es recomendable que utilices Internet Explorer, y no Mozilla Firefox. Hay un campo del formulario en que pregunta el libro y hoja de la inscripción. Si no lo sabes, no pasa nada (debe ser lo más normal que nadie lo sepa). En su lugar escribe “N.E.”. No sé qué significa “N.E.”… yo lo puse porque lo explicaban en otra página web (tristemente, no recuerdo la dirección), y funcionó. Mi certificado llegó sin problema. El certificado es completamente gratuito.

3)       Certificado de empadronamiento. Esto se pide en el Ayuntamiento donde te hayas empadronado. Existen dos tipos de empadronamientos: certificado y volante. Para este caso, el volante no sirve: tiene que ser certificado. No sé si habrá un solo procedimiento, o si cada Ayuntamiento lo hará a su manera… En mi caso, me pidieron el DNI, me cobraron 1€ de tasas, y tardaron dos días en expedir el certificado. No tuve ningún problema.

4)      Diagnóstico de trastorno de identidad de género (transexualismo, disforia de género…). La única manera de conseguirlo es convencer a un psicólogo o psiquiatra de que, efectivamente, eres transexual. Si no vives en España, tienes un problema: el informe debe ser emitido por un psicólogo habilitado para trabajar en España. O sea que, o el psicólogo se traslada hasta donde tú vives, o tú te vuelves a la madre patria a conseguir el dichoso papelito. Parece que el Estado español no tiene mucho interés en la exportación de transexuales al resto del mundo.

5)      Informe médico que acredite que has seguido un tratamiento médico para acomodar tus caracteres secundarios al sexo elegido, durante al menos dos años. Este requisito no es necesario si por razones de salud o de edad no puedes recibir tratamiento hormonal (lo cual, por cierto, abre varias opciones bastante interesantes). En tal caso, habrá que presentar un certificado médico acreditativo de dicha circunstancia. Respecto a este informe, no se exige que sea emitido por un médico español o habilitado para ejercer en España.

Junto con todo eso, tienes que presentar un escrito en el que conste:

  • tu nombre, apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio;
  • una exposición sucinta y numerada de los hechos;
  • el nuevo nombre que propones, salvo que quieras conservar el que ya tienes;
  • los fundamentos de derecho;
  • la petición, fijada con claridad y precisión, de que se rectifique la mención relativa a tu sexo, así como, en su caso, el nombre que propones.
  • Traslado del folio registral, para que te hagan una partida de nacimiento nuevecita con estos datos, en lugar de corregir la que ya tienes.

Para ello, yo utilicé el siguiente modelo, sacado de la web de Carla Antonelli

 SR. ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL DE _________

D. ________ ________ _________, nacido/a en__________, el día __ de _______ de ____, de nacionalidad española, mayor de edad, con domicilio en calle _________________________________, de la localidad de __________ (código postal _______), en la provincia de___________, con teléfono de contacto ____________ y, con DNI ____________,

EXPONE:

Que por medio del presente escrito promueve expediente gubernativo para que se proceda a la rectificación de la mención registral del sexo en la inscripción  de su nacimiento, el cambio de su nombre propio y el traslado total del folio registral con cancelación del actual asiento y apertura de uno nuevo en el que consten los datos que por consecuencia de este expediente resulten rectificados y modificados. Basa el expediente en los siguientes:

HECHOS

A.-  Que le ha sido diagnosticada disforia de género ………………

B.- ……………….

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.

2. Ley del Registro Civil, artículos 20 y 54 y Reglamento del Registro Civil, artículo 21 y 307.

RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS

–      Certificado de empadronamiento para determinar el registro civil en el que hay que presentarse

–         Certificación literal de la inscripción de nacimiento

–         DNI original y fotocopia.

–        Informe del médico o psicólogo clínico de «disforia de genero» en el que consta la existencia de disonancia entre sexo inscrito y la identidad de género sentida o sexo psicosocial y la estabilidad y persistencia de la disonancia, así como la ausencia de trastornos de personalidad que hayan podido influir de manera determinante en la existencia de dicha disonancia. ( Original y fotocopia )

–         Informe del médico que ha dirigido el tratamiento, acreditativo de que ha sido tratado médicamente durante _______ (al menos dos años)___ para acomodar las características físicas al sexo reclamado. ___. O, en su defecto, mediante informe de un médico forense especializado. (Este requisito no será necesario cuando concurran razones de salud o edad que imposibiliten el seguimiento del tratamiento, en cuyo caso aportará certificado médico de tal circunstancia___).  ( Original y fotocopia )

En virtud de lo expuesto,

SOLICITA:

Que se tenga por incoado expediente gubernativo y, previos los trámites, oportunos, se dicte resolución acordando:

1º. La rectificación en la inscripción de nacimiento de la mención relativa al sexo del que suscribe haciendo constar el de “__________” por el de “__________”

2º. El cambio de nombre de “___________” por el de “___________”

3º. El traslado total del folio registral con cancelación del actual asiento y apertura de uno nuevo en el que se hagan constar el nuevo nombre y sexo acordados.

______a___de___.

Fdo. D.________ ________ _________

 

Bonus: como presentar la solicitud.

En mi primer intento de cambio de nombre, había tenido problemas para que me diesen entrada a la solicitud, que me hicieron perder bastante tiempo. Eso me sirvió para ir sobre aviso en esta segunda ocasión.

Una amiga me avisó de que la solicitud se podía presentar por correo, además de presencialmente. Yo tenía dudas respecto de si merecía la pena hacerlo así o no, ya que me preocupaba que desde el registro me llamasen al recibir la solicitud, diciéndome que no era correcta, y citándome para una entrevista. Si eso ocurriese, yo habría perdido más días, porque obviamente es más rápido llevar tú la solicitud, que enviarla por correo. También es más barato.

Sin embargo, decidí hacer caso a mi amiga, y finalmente lo presenté por correo. Para evitar más problemas, adjunté una captura de la web del ministerio de justicia, donde se indica que se puede presentar la solicitud por correo, y también se indica cuales son los requisitos, añadiendo en el escrito que esos, y ningún otro requisito más, son los requisitos necesarios. Además, lo envié con acuse de recibo para tener una prueba del día en que la solicitud entró en el Registro, por si acaso fuese necesario reclamar (más adelante escribiré un post sobre reclamaciones).

Si vais a presentar la solicitud en correos, tenéis que llevarla en sobre abierto, con una copia del documento principal. El o la funcionaria de Correos os sellará la copia del documento principal, lo que os servirá como prueba de que ese fue el documento que enviasteis. Luego lo introducirá todo en el sobre, y lo cerrará. El envío, además, no puede ser normal: tiene que ser certificado.

A mí me ha pasado que el acuse de recibo no me ha llegado (debe haberse perdido). No importa, he ido a correos con el resguardo del certificado y he pedido que me digan si ha llegado, y que emitan un informe sobre ello. Ese informe hace las veces de acuse de recibo.

Ahora tienen tres meses para responder, prorrogables por otros tres. Dependiendo del registro, la respuesta puede ser más o menos rápida. Después, no sé qué hay que hacer.

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Dos años de hormonación (I)

El día 26 de enero cumplí los dos años de hormonación, lo que significa que ya tengo el otro requisito necesario para pedir la rectificación registral de sexo y cambio de nombre. ¡Por fin!

La verdad es que estoy muy contento, y hasta me he pillado pensando que, cuando tenga mi carnet de identidad con los datos correctos, si a alguien se le ocurriese decirme que no soy un hombre, ya hasta podría sacarlo y decirle «pues aquí pone que sí. Mira, mira.» Porque, en realidad, de eso es de lo que va todo esto. De acumular pruebas para demostrar a los demás que eres un hombre o una mujer, y así lograr que te traten como tal. Porque no todo el mundo puede tener el privilegio de ser hombre, o de ser mujer: es necesario cumplir ciertos requisitos. Dios-la naturaleza-la biología-la medicina-la ley-la sociedad- así lo establece, y sus normas son inmutables e incontestables (bueno, no tan inmutables, de hecho cambian muy rápidamente, pero los imbéciles del mundo no se dan cuenta y creen que lo que es, ha sido siempre, será siempre, y es cierto para toda la especie humana, pues tienen la certeza de que sus creencias tienen la capacidad de transformarse en realidad. ¿No es cierto, Dra. Esteva? Usted sí que sabe quienes pueden ser mujeres, y quienes hombres, con total seguridad. ¿A que sí?)

De esta forma, lo que parece una cosa muy sencilla (cambiar de nombre y sexo legal, mediante un trámite administrativo para el que se requieren tan sólo dos requisitos) llega a convertirse en una auténtica gymkana con la que una persona transexual puede «divertirse» a lo largo de varios años.

Unx empieza con la siguiente certeza: «soy un hombre», «soy una mujer», aunque todos los indicios y las opiniones de las personas que están a su alrededor indiquen lo contrario. Si opinas una cosa distinta a esas dos, ya la has cagado antes de empezar: nuestro registro civil sólo admite dos posibilidades. Pero puedes nacionalizarte en Australia… allí admiten tres. En Pakistán, han empezado a admitir recientemente cinco (hombre, mujer, hombre transexual, mujer transexual, y Khunsa-e-mushkil, aunque no se permite cambiar de hombre «a secas» a mujer «a secas». Podrás cambiar sólo de hombre a mujer transexual o Khunsa-e-mushkil).

Total, que tú dices «soy hombre» o «soy mujer», y te convences a ti mismx en primer lugar, que es lo más difícil de conseguir, porque hasta el día de hoy no existe ningún rasgo o característica exclusivamente masculina o femenina que puedas encontrar para asegurarte. No hay pruebas que te puedas dar a ti mismx, tan sólo puedes confiar en tu propio criterio, y eso tampoco es tan fácil, sobretodo porque cuando das el paso de asumir que tu identidad de género no se corresponde con la que te han asignado los demás, no te encuentras precisamente en tu mejor estado de ánimo. En realidad te sientes más proclive a creer que se te ha ido la olla de verdad, total y definitivamente.

Sin embargo, mirando atrás, quizá ese haya sido el momento más especial de toda mi vida. Un momento que las personas que no son trans difícilmente pueden tener: el momento en que decides seguir viviendo, cuando ya no querías vivir. Escribiré sobre ello en otra ocasión.

Una vez que te convences a ti mismx (lo que en mi caso ocurrió entre julio y agosto de 2008), tienes que convencer a lxs demás. A tu familia. A tu pareja. A tus amigos y amigas. A tus hijos e hijas, si es que tienes. A tus padres, si aun viven. Evitar que te echen de casa (se de una chica trans que fue denunciada por su pareja por violencia de género, pues la pareja consideraba que decirle que era transexual suponía acoso moral. Un juez imbécil admitió la denuncia. Gracias a eso, esta chica perdió su trabajo y desde entonces está en paro. Curiosamente, al final se reconcilió con su pareja, que ahora tiene que ganar dinero ella sola para mantener a toda la familia). ¿Y cómo les convences? Con los mismos argumentos que usaste para convencerte a ti, contra toda evidencia.

Luego, tienes que convencer a un psicólogx o psiquiatra. Con los mismos argumentos que a todxs lxs demás. Los que usaste para convencerte a ti. Por suerte a estas alturas, ya dominas la situación. Ha pasado mucho tiempo, has dado muchas explicaciones, has respondido muchas preguntas, y has hablado, gracias a internet, con muchas personas trans, que te han ayudado. Consigues el diagnóstico psiquiátrico, que es el primer requisito que te pide la Ley, y que, además, es la «llave» que te permite pasar a la siguiente prueba de la gymkana: las hormonas.

Ahora, con el diagnóstico, ya es mucho más fácil demostrar que eres un hombre o una mujer ante quienes no confiaban en tus argumentos. Puedes mostrárselo y decir «¿Ves? no es algo que me haya inventado yo. Aquí tengo un papel que certifica que soy unx taradx mental en toda regla, y que eso que venía diciendo todo este tiempo era verdad.»

Edit: este post ha sido publicado sin terminar, porque le di al botón de «publicar» en lugar de al de «guardar» como era mi intención, y como lo tengo puesto para que se autopublicite en Twitter después de cada publicación, pues… así se va a quedar. De todas formas, ya era bastante largo.

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En España no hay ley de identidad de género.

Muchas personas creen que en España existe una ley de identidad de género, pero no es cierto. El estado español no tiene nada de eso, ni parecido. En Navarra sí hay una ley (y reconozco que no la he leído, así que no se si es buena o mala). En España no.

El motivo por el que mucha gente tiene esta creencia es el siguiente: cuando se aprobó la ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención de sexo, se acordó entre algunos grupos de personas trans llamarla “Ley de Identidad de Género”. Así aparece, por ejemplo, en la web de Carla Antonelli.

Desconozco el motivo por el que se acordó eso, pero estoy seguro de que se hizo con toda la buena intención del mundo. Supongo que estaban tan contentos de tener por fin alguna ley que regulase algún aspecto de los diversos problemas que las personas trnas tenemos a diario, que creyeron genuinamente que se traba a de una aunténtica ley de identidad de género. Mucha gente la llama, cariñosamente, “nuestra ley”, entre otras cosas porque es suya de verdad, les costó muchísimo esfuerzo que esa ley llegase a ver la luz.

Esta genuina y comprensible alegría, en el prensente, son está haciendo más mal que bien. Porque, pasado el momento de euforia inicial, es evidente que de lo que trata esta ley es exactamente de eso que dice su nombre, de rectificar la mención registral de sexo de las personas. A parte de eso, no hace nada más, así que llamarla “Ley de Identidad de Género” es un término realmente optimista. Como mucho, la podríamos llamar “Ley de Identificación de Género”, porque sirve para conseguir papeles que nos identifiquen con el género que consideramos nuestro.

Una Ley de Identidad de Género debería regular la protección de los datos públicos pero que al mismo tiempo son de carácter privado para las personas trans, como el nombre y sexo legal cuando no se ha procedido a su rectificación registral. Por supuesto, la ley debería permitir que cualquiera rectificase los datos, no como ahora que todavía somos muchos los que nos quedamos fuera, pero incluso así debería contemplar la protección de los datos de aquellos que no los han podido (o querido) cambiar, por el motivo que fuese.

Debería regular especialmente la protección de los menores de edad, pues son un colectivo todavía más vulnerable. También debería establecer medidas antidiscriminación, y regulación sobre crímenes de odio. Regulación para aquellas personas que viven en régimen de internamiento, especialmente en cárceles y hospitales, pero también en cuarteles o residencias escolares.

Tendría que garantizar el acceso de las personas trans a los servicios públicos, especiamente  a los servicios sanitarios, pero también a la asistecia de la policía, entre otros. Y el acceso al trabajo.

Por supuesto, también debería regular la rectificación de la mención registral de sexo (a poder ser, incluyendo la desaparición de esta en el DNI), y el cambio de nombre.

Esta ley no debería imponer como prerequisito un diagnóstico psiquiátrico, sin que debería ser aplicable a cualquiera que lo solicitase.

El problema de llamar “Ley de Identidad de Género” a una cosa que no lo es, es que crea una falsa sensación de protección y seguridad jurídica. Muchas personas trans creen que existe una ley que les ampara… y no. Lleva a que no se reclame enérgicamente una auténtica ley de Identidad de Género, porque claro… si ya hay una ley…

En los diez días que han pasado desde que redacté esto (en un folio, con bolígrafo bic, a la antigua) hasta que he podido pasarlo al ordenador, ya he oído un par de veces que se está trabajando en lo que ahora llaman “ley trans”. Ojalá esta vez sea de verdad.

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Revisión de la Ley 3/2007 (I)

Recuerdo el día en que supe de la existencia de la Ley 3/2007, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, también conocida como «ley de identidad de género», aunque no se muy bien la razón.

Iba a Granada con mi padre, a comprar a un proveedor. Mi padre, como casi siempre en aquella época, tenía puesta la COPE (ahora no sé si sigue escuchando la COPE o no). Tres personas, una mujer y dos hombres, hablaban sobre la nueva ley que permitiría a los transexuales cambiar de nombre y sexo legal después de dos años de hormonación, sin necesidad de ir a juicio y sin tener que operarse de nada. Los tres estaban de acuerdo en que se trataba de una ley necesaria, que estaba muy bien que la gente pudiese adecuar sus papeles para poder tener una participación plena en la sociedad, no sufrir discriminación y salvaguardar su intimidad.

Yo tenía un pellizco en el estómago. Me alegré mucho de que saliese esa ley, pensando que si yo fuese transexual, me gustaría que hubiese una forma fácil de cambiar de nombre y sexo legal. Por aquel entonces eso era una tarea casi titánica. Había que ir a juicio, un juicio que podías ganar o perder, y había que someterse no sólo a ciertas cirugías (en el caso de las mujeres trans a la vaginoplastia, en el caso de los hombre, normalmente se consideraba que era suficiente con la masectomía, ya que la faloplastia no queda muy bien), sino a que un perito les hiciese un exámen físico y comprobase que se habían operado. No me parecía justo y aunque tenía la vaga idea de que esperar dos años antes de poder cambiar de sexo y nombre era esperar mucho tiempo, y que probablemente el segundo año sería difícil, me entusiasmé.

Por supuesto, no podía demostrar que esa noticia me había alegrado mucho. Ese día muchas personas trans bailaron, se abrazaron y lo celebraron. Yo me limité a decirle a mi padre:

– Pues está muy bien esa ley ¿no? – aún a sabiendas que este pequeño comentario podía delatar un cierto sentimiento que no sería bienvenido.

– Psche… – respondió mi padre -. A mí me da igual, no es mi problema.

Es uno de esos momentos que se te quedan grabados a fuego en la memoria. Como si lo viera ahora, acabábamos de dejar atrás la rotonda que se encuentra en la intersección entre dos carreteras nacionales, el sol estaba todavía alto y me caía agradablemente sobre la cara. Eran alrededor de las cuatro de la tarde y yo entraba en ese estado de sopor que nos da a los que estamos acostumbrados a dormir la siesta, cuando no dormimos a la hora de la siesta.

Una voz en mi interior, sin permiso y sin control, me susurró: «puede que sí que llegue a ser mi problema». Al instante la mandé callar (en eso tenía mucha práctica) y pensé una buena respuesta que darle a mi padre.

– También es verdad – dije, fingiéndo que no le daba más importancia. Cerré los ojos y dejé que el sol me adormeciese mientras en la radio seguían dándole vueltas al tema.

En aquel momento no sabía que algún día yo llegaría a hacer uso de esta ley. Mucho menos imaginaba que se convertiría en una preocupación de primer orden para mí y que incluso se presentaría como un obstáculo para que pudiese ejercer mi derecho constitucional de libertad de residencia, y que sería uno de los principales motores motivacionales para ponerme a estudiar derecho.

Muy pocos o ninguno de los que en aquel momento celebrábamos aquella ley, abiertamente o en el armario, podíamos imaginar todos los problemas que conllevaría. Pensamos que con ella ya estaba todo resuelto, pero estábamos muy equivocados.

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Ese DNI chivato…

Hay muchas cosas que no deberían ser como son, y una de ellas es el DNI. A pesar de que los años han ido despojándolo de ciertos datos irrelevantes a nivel administrativo, pero cuyo conocimiento por parte de terceros no es necesario, como el estado civil o la profesión, aún hay algunos que sobreviven.

Por ejemplo ¿por qué tiene que aparecer en el DNI el apartado «hijo de»? Comprendo que en España el linaje siempre fue muy importante, pues nuestros antepasados gustaban de presumir, si no de ser hidalgos, al menos de ser cristianos viejos, y de buena familia.

Aquellos que hoy en día no tienen padre o madre reconocidos (en realidad, de faltar algo, suele faltar el padre), se pueden encontrar en alguna de las siguientes situaciónes: o bien llevan el nombre de un progenitor ficticio, porque hasta hace algunos años las madres solteras estaban obligadas a inventarse el nombre del padre de la criatura, para que en la partida de nacimiento no figurase el típico «Expósito», o bien tienen un espacio en blanco en el lugar de progenitor desconocido, porque no hace mucho salió una ley que permite eliminar de la partida de nacimiento el nombre de ese padre inventado mediante una enmienda (o sea, se tacha y se anota en otro sitio que en realidad no hay tal padre).

De modo que estas personas pueden elegir: o bien «engañan» a la gente diciendo que son hijos de un tal «Fulano» que en realidad no existe, o bien llevan ese espacio en blanco, y asumen que todo el que vea su DNI se va a enterar de los detalles de la vida íntima de su señora madre, que se quedó preñá y no se sabe de quién (en realidad ella probablemente sí lo sabe), que escándalo. Con lo fácil que sería eliminar ese dato del DNI.

Otro dato que no es necesario que figure en el DNI es el sexo.

Bien, queridos lectores, reconocedlo… pensábais que empezaría por ahí ¿verdad? ¡¡No soy tan predecible!! Aunque al final he llegado a ello, o sea, que sí.

A lo que iba. ¿Qué sentido tiene que figure el sexo en el carnet de identidad? Quizá está ahí para que, cuando un individuo de aspecto dudoso se acerque a hablar con un policía, este sepa si debe decirle «señor» o «señora». Otra cosa no se me ocurre, ya que, por lo general, el sexo de cada uno es algo obvio, que «salta a la vista».

De todos modos, de la aparición de ese dato en mi DNI no me puedo quejar, ya que pone «Sexo: m-f», que como todo el mundo sabe, significa «macho follador». Realmente el asunto de practicar el sexo (vale, follar) últimamente lo llevo bastante mal, pero ¿que le vamos a hacer? Si el DNI lo dice, habrá que apechugar con ello.

Y un tercer dato que estorba en el DNI es el nombre. Pero… ese sí que debe figurar. Lo que no entiendo es por qué no me dejan elegir el nombre que yo quiera.

A ver, la ley que regula el tema de los nombres dice que no se pueden poner a los varones nombres femeninos, ni vicebersa. Es decir, a un niño no le puedes poner Juana, ni a una niña Juan. Tampoco se les pueden poner nombres humillantes o de mal tono.

Esto está muy bien, ya que hay que recordar que, cuando nacemos, los que eligen nuestro nombre y nos inscriben en el registro civil son nuestros padres, y no nos preguntan si queremos llamarnos de una forma u otra. Y hay muchos padres que, en aras de un feminismo mal entendido, podrían poner a sus hijos varones «Margarita» y a sus hijas «Antonio» para demostrar la igualdad entre los sexos. Lo cual sería una putada para los hijos, que sólo querían tener un nombre normal.

También están los padres «graciosillos» que serían capaces de poner a su hijo el nombre de su grupo de música favorito. Eso no es un problema si te gusta «Amaral», que en realidad es un apellido, pero cuela como nombre. Lo malo es que seas fan de «Extremoduro», «La polla record», o grupos de nombre similar. Que no es que me parezca mal, a cada uno le gusta la música que le gusta, pero ponerle ese nombre a un hijo es de tener muy malas entrañas.

Sin embargo… ¿qué pasa con los que queremos cambiar de nombre al llegar a la mayoría de edad? Cuando uno cumple los 18 años, se imagina que ahora ya va a poder hacer todo lo que quiera. Irse de casa de los padres (juas), comprarse un coche (juas, juas), ponerse tatuajes y piercings hasta en el carné de identidad… ¡¡¡De todo!!! Pero, cágate lorito, que si lo que quieres es ponerte otro nombre, no te dejan.

Así que si eres fan de «Extremoduro» y te quieres llamar así por propia voluntad, o tus amigos llevan toooooda la vida llamándote «La niña de los donuts» y quieres que ese sea tu nombre legal, pues te jodes. Además, probablemente, «la niña de los donuts» no van a dejar que te llames, porque sólo permiten dos nombres simples, o uno simple y uno compuesto (no sé como consiguieron que admitiesen en el Registro Civil a «Felipe Juán Froilán de Todos los Santos» si eso son tres nombres simples y uno compuesto).

O si yo, simplemente, quiero que en mi DNI ponga «Pablo». Pues no, mala suerte. Te esperas a que pasen unos cuantos años, y entonces, cuando por fin hayamos reconocido que eres un tío, te dejaremos que te pongas otro nombre. Pero no un nombre cualquiera, tiene que ser nombre de tío. Si quieres nombre de mujer, te quedas como estás.

La otra opcción, por la que optaban muchas personas transexuales antes de que saliese la ley de identidad de género, era ponerse un nombre ambiguo. Por ejemplo, Indiana, Andrea, Alix, Camino, Reyes… Era mejor llevar un nombre falso que tener más barbas que Salomón y llamarse «Cristina», o tener dos tetas como dos carretas, y llamarse «José Ramón».

Vale, la verdad es que con el tema de la ley de identidad de género hemos avanzado mucho, pero sigo pensando que los datos de «Hijo de Fulano y Fulana» y «Sexo», no deberían aparecer en el DNI.

Y que cada uno debería escoger su propio nombre, leñes.

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