Archivo mensual: diciembre 2013

Referencias culturales de lo trans

Con frecuencia se plantea el interrogante de por qué no existen más referentes culturales de lo trans. No existen novelas, comics, series o películas que ofrezcan algo más que una visión estereotipada de la transexualidad, con una persona cuya historia está centrada en el acceso a los tratamientos médicos que le permitan modificar su cuerpo. Los otros referentes existentes son el porno convencional en el que la mujer transexual es presentada como objeto de consumo, y el personaje de prensa amarilla que se presenta por los medios de comunicación vendiendo morbo o reptiendo una y otra vez el discurso que la medicina moderna ha creado sobre lo que es una persona transexual.

No hay referencias culturales de situaciones en las que una persona trans pueda hacer cosas que NO están relacionadas con el hecho de ser trans, más allá de la aparición de algunos personajes secundarios en algún cómic, o en series como, por ejemplo, Glee.

Más aún, se diría que ni siquiera existe una “cultura trans”, a través de la cual las personas trans se piensen y representen a si mismas, y se comuniquen con otras personas trans ¿Por qué?

Diría que hay dos motivos fundamentales, que se me han ocurrido a mi solito, y que voy a bautizar ahora mismo. Os presento al “efecto pionero” y “la mordaza cultural”.

Del “efecto pionero” ya hablé anteriormente: es una serie de factores que llevan a que cada persona trans sienta que debe inventar la rueda… y se ponga a inventarla. Hace cinco años, empecé este blog porque pensé que no había referentes sobre transexualidad. A partir de ahí, empecé a encontrarlos. “Ah, parece que se van haciendo cosillas”, pensé para mí. Desde entonces, año tras año, escucho la misma frase “no hay referentes, pero está empezando a haberlos” en boca de las nuevas generaciones trans (que están separadas entre si por un intervalo de más o menos un año).

En realidad, no sólo existen referentes y cultura trans, sino que vienen existiendo desde hace mucho tiempo. No es algo estrictamente “nuevo”, aunque es cierto que sí que se están inventando muchas cosas, y descubriendo muchos continentes (la población autóctona de esos continentes son las personas cis… Es decir, el “descubrimiento” no es la “creación”, sino el conocimiento de un grupo de seres humanos de que algo que ya existe e incluso está a disposición de otros seres humanos, también está disponible para ellos. Por ejemplo, las personas cis ya tienen derecho a la dignidad, y ahora hemos descubierto que las personas trans también tenemos ese derecho, y estamos empezando a explorar los territorios). Sin embargo, tales referencias culturales son muy difíciles de encontrar para las personas trans, y por tanto, aunque existen, es como si no existieran.

¿Por qué son tan difíciles de encontrar las referencias culturales a lo trans? Por la “mordaza cultural”. Esta mordaza cultural es el conjunto de factores que impiden que la gente, especialmente las personas trans, hablen de lo trans.

Las personas trans que están en el armario, no pueden hablar de lo trans, por miedo a que se sepa que son trans. Tanto si están en el armario inicial (viviendo según el sexo asignado), como si están en el armario de llegada (viviendo según su propio sexo), hacer cualquier referencia a cualquier cosa relacionada con la transexualidad está prohibido. De hecho, está prohibido hasta el punto de que si cuelgo alguna noticia relacionada con la transexualidad en Facebook y quiero etiquetar a alguien en ella, tengo que ser muy cuidadoso. A las personas cis no les importa que las etiquete, pero a algunas personas trans les produce una gran angustia y se desetiquetan rápidamente, o me piden que retire la etiqueta yo. Esto se debe a que las personas cis no tienen miedo de que alguien piense que son trans, porque no lo son, pero las personas trans, sí lo tienen. No les culpo, existen muchos motivos para tratar de borrar todo indicio sobre la transexualidad de una persona (esto llega hasta el punto de que muchas personas trans evitan en lo posible ser vistas en público con otras personas trans “que se les note”, no vaya a ser que alguien piense que ellas son… actitud que jamás he visto en una persona cis).

Las personas trans que no estamos en el armario, tampoco podemos hablar de lo trans. Si eres científico, artista, académico, etc… eres abiertamente trans, y te dedicas a trabajar sobre cuestiones trans, muy pronto alguien vendrá a decirte que estás obsesionado u obsesionada, que hay más cosas en la vida, y que no deberías estar siempre pensando en eso.

Las personas cis prudentes, no hablan de lo trans, porque sospechan que van a meter la pata (pero la meten mucho menos de lo que creen, precisamente porque son prudentes).

Entonces ¿Quién puede hablar de lo trans? Sólo pueden hablar de lo trans los expertos que, además, sean cis. Es decir, los médicos, los piscólogos y, últimamente, los “artistas” que se han hecho expertos “consultando con mucha gente”, y las personas cis que se consideran a si mismas “políticamente trans” (generalmente son gays y lesbianas), porque todxs somos sufrimos la dictadura que el género impone sobre nosotrxs.

Generalmente (aunque no siempre), los expertos y las expertas cis están terriblemente equivocados, y, lo que es peor, son impermeables a cualquier crítica que se le pueda hacer por parte de cualquier persona, porque si reconociesen que hay algún error en su obra o su discurso, entonces dejarían de ser “expertxs”. Lo que más rabia me da es cuando dicen “lo he consultado con mis amigos y nadie ha entendido que esta obra sea transfóbica”, cuando todas las personas trans que han visto la susodicha obra se han sentido profundamente ofendidas, y, además, se han puesto en contacto para comunicarlo. Hace poco, también me tropecé con un progre que pretendía que le diese publicidad a una mierda de obra de teatro que había escrito (cuyo nombre no voy a mencionar, precisamente para no darle publicidad, ya que actualmente no lo conocen ni en su casa a la hora de comer), y ante mi crítica al respecto, su conclusión fue “soy periodista y he ganado mogollón de premios, y pienso seguir escribiendo lo que me de la gana”.

Dos semanas más tarde, tomando café con una amiga trans, que dibujó un maravilloso cómic-blog autobiográfico me dijo que, con mucha pena, había tenido que ponerlo como “privado”. Por motivos obvios, tampoco voy a decir su nombre ni el del cómic. Una preciosa obra de arte trans que se perderá para siempre, y que a mí me ayudó tanto…

Sin embargo, lo entiendo. Basta con introducir mi nombre en Google o en el buscador de Facebook, y aparezco. La familia de mi reciente pareja me ha localizado en cuestión de una semana, dejándonos con muy poco margen de maniobra para tratar la delicada cuestión de “papá, mi novio es transexual”, trasladándole a ella un problema que no tendría por qué tener si yo, en lugar de ponerme a escribir sobre transexualidad, y tener una tienda trans, y estar en una asociación, y no sé cuantas cosas más, me hubiese dedicado a esforzarme por vivir discretamente como si fuese un chico cis normal y corriente. Suerte que la familia de ella se lo ha tomado bien (¡Bien por ellos!)

Las historias sobre lo trans, deben ser contadas por personas trans. Sin embargo, para que lleguen a convertirse en referencias culturales, para que lleguen donde tienen que llegar, deben ser públicos, y eso implica salir de los círculos trans. Dar la cara y salir de todos los armarios. Abandonar los espacios de seguridad. Abandonar toda ficción y dejar de intentar ser pasable. Quitarse los complejos y dejar de intentar que todos te traten como si fueses cis. Algo que, por el momento, tan sólo están haciendo las personas trans que por su aspecto no pueden “pasar”, y que generalmente están demasiado ocupadas intentado sobrevivir para preocuparse por generar referentes artísticos.

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¿Es posible cambiar el nombre sin hormonación?

Inicialmente publiqué esta entrada en el blog de la.trans.tienda, pero he pensado que también es conveniente que la publique aquí porque mucha gente lee sólo uno de los dos blogs (normalmente tienen contenido distinto). El motivo de escribirla fue que entre las personas trans se produce una especie de «transmisión oral» de los conocimientos que, además, está interferida por el ego de la gente y funciona más o menos así:

Fulano se puso un nombre ambiguo en el año 1998 (cuando no había otra forma de ponerte un nombre que no diera mucho el cante). Fulano se lo explico a Mengano, que se lo explicó a Zutano, que se lo explicó a… Así fue corriendo la cosa, hasta el año 2007. A partir de ese momento, con la Ley 3/2007, las cosas cambiaron, y ya era posible cambiar de nombre y sexo legal. Además, esa ley realizó una modificación en la Ley del Registro Civil (modificación que explico más adelante). El problema es que para poder cambiar el nombre y sexo legal acogiéndose a esta ley, es necesario esperar muchos años (yo esperé cuatro), a no ser que vayas por lo privado y puedas pagar a un psicólogo para que te haga el informe psicológico a toda velocidad, y a un endocrino para que te haga el informe endocrinológico con cierta anticipación (también hay quien opta por someterse a la revisión del médico forense, que realmente no tiene forma de saber cuanto tiempo llevas hormonándote, pero dependiendo de quien sea el médico forense, puede que la revisión física no sea agradable, y puede que no decida a tu favor…).

En resumen, que mucha gente intenta cambiar de nombre antes de que pasen los cuatro años, o bien, necesita cambiar de nombre de otra forma porque no cumple los requisitos para la Ley 3/2007. Esa gente, desde el año 2007, continúa transmitiendo la idea de que la única forma de hacerlo es usando el viejo truco del nombre ambiguo (que ahora no funciona siempre). A esto se le suma que, cuando se les explica que se están equivocando (hablo por experiencia propia) interviene el ego, y te dicen que sí que llevan razón, porque a ellos se lo han cambiado (aunque luego, por otro lado, te enteres de que NO  se lo han cambiado), y, por otra parte, a que las cosas están cambiando muy rápidamente, y hay que estar muy pendiente para mantenerse al día.

¿Cual es la situación actual de cara al cambio de nombre en el DNI?

La vía de optar por un nombre ambiguo fue dificultada por la redacción de la propia Ley 3/2007, que modificó la Ley del Registro Civil, cuyo artículo 54 ahora dice: “Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo.”

 ¿Están permitidos los nombres ambiguos?

En principio, y atendiendo a la redacción de este artículo, nadie debería poder tener un nombre ambiguo, desde la aprobación de la Ley 3/2007. Esta prohibición no sólo alcanzaría a las personas trans que quisieran cambiar de nombre, sino también a los padres que desearan poner a su criatura recién nacida un nombre ambiguo.

Hay que recordar que los nombres ambiguos se utilizan habitualmente en España. Nombres tales como Mar, Álex, Andrea, Trinidad, Reyes, Indiana, etc… son válidos para las personas de cualquier sexo.

No obstante, en algunos registro civiles se continúa permitiendo que las personas trans cambien su nombre por un nombre ambiguo, e incluso ofrecen a los interesados la lista que se lleva utilizando desde hace muchísimo tiempo, por lo que hay que asumir que existe alguna interpretación según la cual los nombres ambiguos continúan estando permitidos. No obstante, otros jueces han optado por una interpretación más restrictiva por la cual estos nombres quedan prohibidos. Lo que significa que, a la hora de solicitar el cambio de nombre por un nombre ambiguo, puede que te lo concedan, y puede que no.

Para aumentar tus posibilidades de que te lo concedan, lo recomendable es que acompañes el escrito de solicitud con el auto judicial de otra persona a la que le haya sido concedido el mismo nombre que tú solicitas, con fecha posterior a abril de 2007. Las decisiones de otros jueces no son vinculantes, pero pueden ayudar.

Pero ¿qué nombres inducen a error en cuanto al sexo?

Se puede interpretar que un nombre ambiguo puede inducir a error en cuanto al sexo, puesto que no da idea de cual es el sexo de la persona. Sin embargo, habría que preguntarse ¿A qué sexo se refiere la ley?

La medicina distingue varios tipos de “sexo”: el sexo gonadal, hormonal, genético, psicológico, social, legal… Una persona puede tener un determinado sexo legal, pero tener un sexo psicológico y social distinto.

Esta fue la interpretación que hizo Eva Witt, presidenta de la Asociación Estatal de Familias de Menores Transexuales Chrysallis, a la hora de solicitar el cambio de nombre de su hijo de ocho años, que por motivos de edad no podrá recurrir a la Ley 3/2007 hasta dentro de 10 años. Según ella veía, el nombre que tenía su hijo (un nombre femenino) inducía a error respecto a su sexo psicológico y social, y por tanto debía ser cambiado a otro nombre que no diese lugar a confusión.

De este modo, Eva ha sido la primera persona (que sepamos) en conseguir un cambio de nombre en consonancia con el sexo psicológico y social de su hijo, sin necesidad de realizar previamente el cambio de sexo legal. En los últimos meses, siguiendo sus pasos, otros dos menores de edad han conseguido que también sus nombres sean rectificados para adecuarse mejor a su sexo. No obstante, todavía no sabemos de ningún mayor de edad que haya logrado cambiar su nombre de este modo, y en todos los casos se aportaron diagnósticos psicológicos que acreditaban la identidad de género de los niños interesados.

 La Ley 20/2011 del Registro Civil

Esta nueva ley, que se aprobó en julio de 2011, acaba por fin con la prohibición de nombres que induzcan a error en cuanto al sexo. En lugar de eso, establece que “El nombre propio será elegido libremente y sólo quedará sujeto a las siguientes limitaciones, que se interpretarán restrictivamente: […] no podrán imponerse nombres que sean contrarios a la dignidad de la persona ni los que hagan confusa la identificación”.

Si esta ley se aprobó en julio de 2011 ¿Por qué todavía continúa aplicándose la anterior? Sencillamente, porque todavía no ha entrado en vigor. Tendremos que esperar hasta julio de 2014 para poder empezar a beneficiarnos de sus efectos.

No obstante, esta nueva redacción, que está todavía más abierta a la interpretación que las anteriores, probablemente está facilitando que los jueces ya hayan fallado a favor de las familias que han solicitado el cambio de nombre para sus criaturas, sin recurrir a un nombre ambiguo.

 Nombres de fantasía, nombres extranjeros, nombres familiares.

Además, desde hace algunos años, se acepta otro tipo de nombres: los nombres de fantasía (nombres inventados, algo muy habitual en Sudamérica), nombres extranjeros, y nombres familiares (por ejemplo, Paco en lugar de Francisco), con los que necesariamente los Registros Civiles deben tener más «manga ancha», ya que es muy difícil saber si son «de hombre» o «de mujer». Estos nombres, además, son relativamente habituales entre las personas trans.

Entonces ¿a mí qué me conviene?

A la hora de la verdad, la ley dice lo que el juez interpreta que dice. No obstante, parece que actualmente es más fácil razonar la solicitud de un nombre que se corresponda con tu sexo sentido (tu sexo real), que la solicitud de un nombre ambiguo (a no ser que realmente quieras tener un nombre ambiguo, o que tu identidad de género sea ambigua).

Si tu elección de nombre se decanta por uno claramente masculino, o claramente femenino, solicitar un nombre ambiguo no te garantiza que vayan a concedértelo, y, además, para que te lo den puede que tengas que argumentar que se trata de un nombre que no da lugar a confusión respecto a tu sexo legal (es decir, si eres un chico trans, tendrás que argumentar que el nombre ambiguo es realmente un nombre femenino, y si eres una chica trans, tendrás que defender que es un nombre masculino).

Frente a eso, la posibilidad de solicitar el cambio de nombre al nombre que tú elijas, sea ambiguo o no, va ganando puntos. Lo importante es realizar una buena argumentación que persuada al juez de que tu solicitud está de acuerdo con la ley, y tener un poco de suerte.

En cualquier caso, a partir de julio de 2014, cuando entre en vigor la nueva Ley del Registro Civil y nos libremos por fin de las modificaciones introducidas por la Ley 3/2007, se abrirá una nueva etapa respecto al cambio de nombre, en la que, previsiblemente, no debería haber problemas para lograr cambiar de nombre.

Si tienes dudas sobre tu caso personal, escríbeme a info@transtienda.com y te ayudaré en lo que me sea posible.

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